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¿Qué delitos pueden acabar en juicio rápido? – Actualizado 2023

El proceso de un juicio rápido es un método ágil y eficiente para la resolución de ciertos delitos en el ámbito penal. Este tipo de juicio permite una tramitación más rápida, evitando así la acumulación de casos en los juzgados. En este artículo, examinaremos los delitos que pueden ser juzgados en un juicio rápido, y proporcionaremos ejemplos para facilitar la comprensión.

A continuación, detallamos los delitos que pueden ser abordados mediante el procedimiento de juicio rápido.

Delitos flagrantes

Un delito flagrante es aquel que se comete en el momento en que es sorprendido por la autoridad o por la persona que tenga la obligación de perseguirlo.

El artículo 795.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que los juicios rápidos se aplican a los siguientes delitos flagrantes:

  • Delitos de lesiones (artículos 147 a 156 del Código Penal): son aquellos en los que se causa un daño físico o psíquico a otra persona. Por ejemplo, una agresión en la que la víctima sufre heridas visibles.
  • Delitos de hurto (artículos 234 a 236 del Código Penal): se trata de la apropiación indebida de bienes ajenos sin el uso de violencia o intimidación. Por ejemplo, un individuo que sustrae un objeto de una tienda sin que nadie se percate.
  • Delitos de robo (artículos 237 a 242 del Código Penal): en este caso, la apropiación indebida de bienes ajenos se realiza mediante el uso de violencia, intimidación o fuerza en las cosas. Un ejemplo sería el robo de un bolso mediante el empleo de fuerza.
  • Delitos de robo y hurto de uso de vehículos (artículo 244 del Código Penal): este delito consiste en la utilización sin consentimiento de un vehículo ajeno, sin la intención de apropiárselo de manera permanente. Por ejemplo, tomar un automóvil sin permiso y devolverlo después de usarlo.
  • Delitos contra la seguridad vial (artículos 379 a 384 del Código Penal): estos delitos incluyen, entre otros, conducir bajo la influencia de alcohol o drogas, conducir sin permiso o conducir de manera temeraria. Por ejemplo, un conductor ebrio que pone en riesgo a otros usuarios de la vía pública.
  • Delitos de daños (artículos 263 a 267 del Código Penal): son aquellos en los que se causa un perjuicio a bienes ajenos, ya sean muebles o inmuebles. Por ejemplo, romper el cristal de un escaparate.
  • Delitos de violencia doméstica o de género (artículos 153 y 173.2 del Código Penal): Estos delitos se cometen en el ámbito familiar o de pareja, y pueden incluir agresiones físicas, psicológicas, sexuales o económicas. Por ejemplo, una agresión física de un hombre hacia su pareja.

Cabe destacar que, para que estos delitos sean considerados flagrantes y, por ende, puedan ser juzgados mediante un juicio rápido, es necesario que el autor sea sorprendido en el momento de cometer el delito o inmediatamente después, o que haya indicios suficientes de su participación en el hecho delictivo.

Delitos leves

Los delitos leves, conocidos anteriormente como faltas, son aquellos cuya pena no supera el año de prisión o multa. Estos delitos están recogidos en el Libro III del Código Penal. Algunos ejemplos de delitos leves incluyen:

  • Delitos leves de lesiones (artículo 147.2 y 147.3 del Código Penal): son aquellos que causan lesiones físicas o psicológicas de menor gravedad que no requieren tratamiento médico o quirúrgico. Por ejemplo, una agresión que provoque hematomas superficiales.

  • Delitos leves de hurto (artículo 234.2 del Código Penal): se trata de la apropiación indebida de bienes ajenos de escaso valor sin el uso de violencia o intimidación. Por ejemplo, la sustracción de un objeto de una tienda cuyo valor no exceda los 400 euros.

  • Delitos leves de daños (artículo 263.1 del Código Penal): son aquellos en los que se causa un perjuicio a bienes ajenos de escaso valor, ya sean muebles o inmuebles. Por ejemplo, causar daños menores a un vehículo estacionado.

  • Delitos leves de amenazas (artículo 171.4 del Código Penal): consisten en proferir amenazas de escasa gravedad que no generen un temor real o un peligro inminente para la víctima. Por ejemplo, una discusión en la que una persona amenace a otra sin la intención real de llevar a cabo la amenaza.

  • Delitos leves de coacciones (artículo 172.3 del Código Penal): se trata de acciones que, sin llegar a la violencia física, suponen una limitación ilegítima de la libertad de la víctima. Por ejemplo, impedir el paso a alguien en la vía pública de forma injustificada.

  • Delitos leves de vejaciones injustas (artículo 173.4 del Código Penal): estos delitos consisten en humillar o menospreciar a una persona de forma injusta, sin llegar a constituir maltrato de obra. Por ejemplo, insultar a alguien de forma reiterada.

Delitos que no requieren una investigación compleja

Además de los delitos flagrantes y los delitos leves, ciertos delitos que no requieren una investigación compleja pueden ser juzgados mediante un juicio rápido. Estos delitos se caracterizan por ser de naturaleza más sencilla y no necesitar de largas investigaciones o pruebas periciales para esclarecer los hechos y determinar la responsabilidad del acusado. A continuación, se presentan algunos ejemplos de delitos que podrían entrar en esta categoría:

  • Delitos de estafa (artículos 248 a 251 del Código Penal): la estafa se refiere al engaño realizado con el propósito de obtener un beneficio económico a costa de otro. Por ejemplo, si una persona vende un objeto falso a otra persona haciéndole creer que es auténtico. En casos sencillos, donde las pruebas son claras y no se requiere una investigación profunda, estos delitos podrían ser juzgados en un juicio rápido.

  • Delitos de apropiación indebida (artículos 252 a 254 del Código Penal): estos delitos consisten en la retención o disposición indebida de bienes ajenos por parte de quien tiene la posesión legítima de los mismos. Por ejemplo, si un empleado se queda con dinero de la caja de la empresa. En situaciones donde las pruebas son evidentes y no se necesita una investigación exhaustiva, estos delitos podrían ser juzgados mediante un juicio rápido.

  • Delitos de desobediencia a la autoridad (artículo 556 del Código Penal): se trata de acciones que implican la negativa a cumplir con las órdenes legítimas de las autoridades o sus agentes. Por ejemplo, si una persona se niega a identificarse ante un agente de policía cuando así se lo requieren. En casos donde los hechos sean claros y sencillos, estos delitos podrían ser juzgados en un juicio rápido.

  • Delitos de usurpación (artículos 245 a 247 del Código Penal): la usurpación consiste en la ocupación ilegal de un inmueble o la posesión de bienes muebles ajenos sin el consentimiento del propietario. Por ejemplo, si una persona ocupa una vivienda deshabitada sin permiso. En casos donde no se requiere una investigación detallada, estos delitos podrían ser juzgados mediante un juicio rápido.

  • Delitos de falsedad documental (artículos 392 a 399 del Código Penal): estos delitos se refieren a la alteración, simulación o fabricación de documentos con el objetivo de engañar a terceros. Por ejemplo, si una persona falsifica su carné de identidad para acceder a un recinto restringido. En situaciones en las que las pruebas sean evidentes y no se necesite una investigación profunda, estos delitos podrían ser juzgados en un juicio rápido.

Es importante tener en cuenta que la posibilidad de juzgar estos delitos mediante un juicio rápido depende de las circunstancias de cada caso y de la valoración del juez. Si se considera que la investigación es simple y no requiere de un proceso judicial extenso, el juez podría optar por un juicio rápido como medio para resolver el caso de manera más ágil

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