¿Cómo librarse de una multa por alcoholemia?

Librarse de una multa por alcoholemia implica entender que es una infracción administrativa, no un delito contra la seguridad vial según el Código Penal. Se sanciona el incumplimiento de los límites legales de alcohol permitidos al conducir.

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Normativa y sanciones sobre alcoholemia

La Dirección General de Tráfico (DGT) siempre insiste en que la única tasa de alcohol segura al volante es 0,0 mg/l. No obstante, la normativa es un poco más flexible y permite la conducción cuando se ha tomado algo de alcohol.

Este tema está regulado en el Capítulo IV del Título I del Reglamento General de Circulación. Con base en este, las tasas permitidas en aire espirado son:

  • 0,0 mg/l para menores.
  • 0,15 mg/l en aire espirado y 0,3 g/l de alcohol en sangre para conductores noveles y conductores profesionales.
  • 0,25 mg/l en aire espirado y 0,5 g/l de alcohol en sangre para conductores mayores de edad no profesionales y que ya no sean noveles, y también para ciclistas.

Las cantidades que están por encima de estas cifras se consideran una infracción administrativa y dan lugar a la imposición de una sanción que acarrea una multa económica y la pérdida de puntos. 

Además, el Código Penal regula, en el artículo 379, el delito por conducción de vehículos de motor o ciclomotores bajo la influencia del alcohol. Este ilícito penal se comete cuando la tasa supera:

  • 0,60 mg/l en aire espirado.
  • 1,2 g/l en sangre.

Si no se superan estas tasas, pero el conductor da síntomas evidentes de estar embriagado, se imputa igualmente este delito, porque al conducir bajo los efectos del alcohol se está poniendo en peligro la vida o la integridad física de otras personas.

Control de alcoholemia y obligación de someterse a las pruebas

Hay varias circunstancias en las que los conductores se pueden enfrentar a un control de alcoholemia:

  • Control rutinario realizado dentro de las campañas de seguridad vial.
  • Participación en un accidente de tráfico (aunque no se sea el responsable).
  • Conducta de conducción inusual que llame la atención de los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.
  • Haber sido detenido por cometer una infracción relacionada con el tráfico. Por ejemplo, si se conduce con exceso de velocidad.

El conductor requerido para ello debe someterse obligatoriamente a la prueba de alcoholemia. La negativa se considera un delito y se sanciona con pena de prisión de seis meses a un año y con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de uno a cuatro años.

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Estrategias para recurrir librarse de una multa por alcoholemia

Si un conductor es sorprendido con una tasa más elevada de la permitida, hay vías para intentar que finalmente no se sancione esta conducta.

Ausencia de segunda prueba

La legislación contempla que se debe llevar a cabo una segunda prueba con el etilómetro pasados 10 minutos desde la primera, a fin de comprobar el resultado. Además, siempre se va a tener en cuenta el resultado más bajo de las dos pruebas.

Si en el control no se ha realizado este segundo test, la conducta de los agentes queda invalidada y no se puede imponer la multa.

Falta de información sobre alternativas

Otro requisito para que pueda haber sanción es que los agentes tienen que informar al conductor de la posibilidad de someterse a un análisis de sangre para contrastar los resultados. Si no se ha dado esta información en el momento de practicar la prueba con el etilómetro, se puede usar esta circunstancia como motivo para recurrir la multa.

Verificación del etilómetro

Todos los etilómetros tienen un cierto grado de error, y deben ser revisados periódicamente para comprobar que funcionan correctamente. A efectos prácticos, el mal funcionamiento de este dispositivo es la principal razón por la que se retiran multas por sobrepasar la tasa de alcoholemia permitida.

Documentación incompleta

El expediente sancionador debe incluir toda la documentación, lo que incluye los tickets del etilómetro. Si falta algún documento esencial, se puede recurrir y es bastante probable que se consiga que se anule la multa por defecto en el proceso administrativo.

Multas por alocholemia en España

Si la tasa está entre 0,25 y 0,5 mg/l en aire espirado, se impone una multa de 500 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir.

Cuando se supera la tasa de 0,5 mg/l en aire espirado o hay reincidencia en los últimos doce meses, la sanción económica se eleva hasta los 1000 euros y se pierden seis puntos.

Por encima de los 0,60 mg/l en aire espirado, la conducta deja de ser una infracción administrativa y pasa a ser un ilícito penal. En este caso la pena puede ser prisión de tres a seis meses, multa de seis a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Además, como pena accesoria, se impone la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de entre uno y cuatro años.

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