¿Qué ocurre si la víctima no cumple con la orden de alejamiento?

Orden de Alejamiento3

Cuando se habla de órdenes de alejamiento, la atención suele centrarse en la persona a quien se le impone la restricción.

Pero, ¿qué sucede cuando es la víctima la que, por cualquier motivo, decide no respetar la distancia establecida?

Esta guía arroja luz sobre un aspecto menos conocido pero igual de relevante de las órdenes de alejamiento: la responsabilidad y las consecuencias de las acciones de la víctima.

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¿Qué es una orden de alejamiento?

Las órdenes de alejamiento son medidas legales preventivas destinadas a proteger a una persona de posibles amenazas o daños por parte de otra.

Estas restricciones limitan la capacidad del agresor de acercarse o comunicarse con la víctima, garantizando así su seguridad y bienestar.

El artículo 48 del Código Penal estipula claramente las condiciones bajo las cuales estas medidas pueden ser aplicadas, ofreciendo un marco legal para su implementación y cumplimiento.

Su objetivo es prevenir incidentes de violencia, acoso o cualquier otra forma de intimidación, creando un entorno seguro para las personas afectadas.

La responsabilidad en el cumplimiento de la orden de alejamiento

Tradicionalmente, la responsabilidad del cumplimiento de una orden de alejamiento recae sobre la persona a quien se le ha impuesto.

Según la jurisprudencia actual, la víctima no se considera inductora del quebrantamiento de esta medida, dejando al obligado a cumplirla como el único responsable ante un posible incumplimiento.

Este marco legal subraya la importancia de que la persona restringida informe a las autoridades cada vez que la víctima intente incumplir la orden, asegurando así que la responsabilidad del incumplimiento no se transfiera a quien busca protección.

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Vigilancia y cumplimiento de las órdenes de alejamiento

El seguimiento de estas órdenes, inicialmente, no contempla el uso de medios técnicos para su vigilancia, dependiendo principalmente de la denuncia expresa del incumplimiento.

No obstante, existen circunstancias bajo las cuales la autoridad competente puede actuar de oficio, especialmente si se identifica un incumplimiento activo durante un control rutinario.

En casos donde se percibe un riesgo elevado para la víctima o ante incumplimientos previos, se pueden implementar medios técnicos como la pulsera telemática.

Este dispositivo permite un monitoreo efectivo, alertando tanto a la víctima como a las autoridades de cualquier violación de la orden establecida.

Encuentros fortuitos: ¿qué ocurre?

Un aspecto crucial en la gestión de las órdenes de alejamiento es el manejo de encuentros fortuitos entre la persona restringida y la víctima.

La ley es clara al respecto: no existe delito de quebrantamiento sin la intención deliberada de incumplir la orden.

En situaciones donde el encuentro es involuntario, se recomienda que la persona sujeta a la orden abandone el lugar inmediatamente para evitar acusaciones de quebrantamiento.

Esta medida preventiva es esencial para mantener la integridad de la orden de alejamiento y proteger a todas las partes involucradas.

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Cuando la víctima «no cumple» con la orden de alejamiento

Es posible que en algunas ocasiones sea la víctima quien se acerque a la persona sobre la que pesa la orden.

A pesar del consentimiento de la víctima, la proximidad sigue siendo considerada un delito, poniendo en riesgo a la persona restringida de enfrentar consecuencias legales por incumplimiento.

La recomendación es que, al igual que en los encuentros fortuitos, la persona sujeta a la orden se aleje inmediatamente del lugar.

Duración de una orden de alejamiento

La duración de una orden de alejamiento puede variar significativamente, dependiendo de si se impone como una medida cautelar o como parte de una condena.

Como medida cautelar, suele estar vigente hasta la conclusión del procedimiento judicial, terminando con la emisión de una sentencia o el sobreseimiento del caso.

Como parte de una condena, la duración será especificada claramente en la sentencia, pudiendo extenderse hasta 10 años para delitos graves y hasta 5 años para delitos menos graves, conforme a lo determinado por el juez basándose en la gravedad del delito y las circunstancias particulares del caso.